La fiscalidad en Andorra es una de las mayores ventajas de las que gozan los residentes del Principado. Puesto que tiene un sistema que favorece a los miembros tributarios. A pesar de incluir en su estructura los estatutos de los sistemas convencionales, logra incorporar puntos a favor. Esto les da una gran ventaja con respecto a otros países.
También entre los más conocidos encontramos el IRPF. Que, como el IVA en Andorra, está considerado de los menores en el mundo. Además, hasta los 24.000€ se encuentra exento. Después de eso se aplica un descuento del 50% sin pasar los 40.000€.
Andorra ofrece unas ventajas fiscales mucho más beneficiosas que sus países vecinos España y Francia tanto en el IS (Impuesto de Sociedades) como en el IRPF (Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas) o el IVA (denominado IGI en Andorra), y además es unos de los más bajos del mundo.
Los impuestos en Andorra generan muchos beneficios incluso para las pymes (pequeñas y medianas empresas). Contando con un IS de hasta el 10% siendo de las más bajos en Europa. Además de tener una diferencia contrastada con los países colindantes.
Asimismo, el sistema impositivo de Andorra tiene muchos otros beneficios empresariales:
La fiscalidad del Principado trata las tributaciones con respecto a las plusvalías de una forma más flexible que en otros países. En el primer caso, dependiendo de la fuente, puede considerársele como un ingreso común. Al cual correspondería un impuesto de hasta el 10% por ganancia de capital financiero.
Por otro lado, en el caso de que se esté obteniendo un beneficio por ventas de acciones, se pueden dar dos situaciones. Primero, quedaría exenta una empresa controladora o “holding” que posea 25% o menos de participación en una sociedad. Ocurriría lo mismo si el porcentaje es superior, pero el tiempo de posesión es mayor a 10 años. Porque las tributaciones sobre plusvalías no aplican a propiedades con más de esa antigüedad.
En cambio, si se posee un porcentaje mayor al 25%, pero no se tiene esa antigüedad, se realiza el pago. Por eso resulta atractivo para las empresas tener residencia fiscal en Andorra.
Adicionalmente, el gobierno podría aplicar una retención correspondiente al 5% de la plusvalía. Esto con la finalidad de conocer si la empresa no se encuentra sancionada. Incluso tienen el propósito de evitar la especulación del precio del patrimonio o capital. Este puede tener una duración de tres a seis meses.
El IVA en Andorra es de los que tienen menor porcentaje entre los países de Europa. Siendo tan solo 4,5%. Uno de los grandes atractivos que tiene el Principado. Por supuesto, el IVA en Andorra puede tener reducciones. Esto depende de las actividades con las que se relacione. En el caso sanitario llega a ser de 0%. Mientras que en la rama educativa de hasta 1%. Además del IVA en Andorra se aplica el IS (impuestos de sociedades). Este se encarga de las tributaciones de empresas y alcanza un máximo de 10%.
En diferencia con los impuestos de Francia y los impuestos España en el que el IVA es de un 20% o 21%, en Andorra es solo de un 4,5% el IVA o IGI general.
Dentro de este impuesto encontramos, además del general, otros 4 tipos impositivos según a que sea aplicado.
El IVA debe ser pagado por el consumidor final del producto o servicio adquirido. Por otro lado, el comercializador del producto o del servicio es quien debe soportar el IVA, que más tarde será repercutido al cliente final.
Las liquidaciones de este impuesto se hacen de manera periódica, que vendrán marcadas por la cifra anual del negocio del año anterior:
Se trata de un impuesto que se aplica a las ganancias obtenidas por una sociedad. Con relación al impuesto de sociedades, su máximo es de un 10%. Por eso es un país ideal para las pymes y las multinacionales, siendo así uno de los más bajos de toda Europa.
En el caso de los dividendos o las participaciones en beneficios quedan exentas de imposición para los residentes en Andorra.
El pago del impuesto de sociedades se efectúa de la siguiente manera:
El impuesto a la renta de las personas físicas o IRPF se aplica a aquellas personas que sean consideradas residentes fiscales en Andorra.
El IRPF en Andorra no se aplica a los salarios inferiores a 24.000€ anuales. A partir de esta cantidad va en concordancia a la renta, no siendo nunca superior a un 10%, y que se aplica a los salarios a partir de 40.000€. En España, en cambio, llega a ser de hasta un 53%.
La base sobre la que se aplica el IRPF puede verse reducida al aplicarse bonificaciones o deducciones, como podrían ser aportaciones a planes de pensiones, el pago de la vivienda habitual o pensiones compensatorias, entre otros.
La persona que este obligada a la presentación y liquidación del IRPF, tiene de plazo del 1 de abril al 30 de septiembre del año siguiente sobre el que tiene que liquidar.
Para resolver otras dudas relacionadas con la declaración y liquidación del impuesto a la renta de las personas físicas, puedes acudir directamente a los organismos oficiales del Gobierno de Andorra.
Además de los impuestos en Andorra ya mencionados existen otros. Estos siguen la tendencia de ser bajos en comparación a los del resto de Europa o países colindantes.
La fiscalidad en Andorra establece diferentes tipos de impuestos. Entre ellos se encuentran los directos que vienen de la obtención de renta o tenencia de patrimonio. Mientras que podemos encontrar los indirectos que se relacionan con los consumos realizados.
Entre las obligaciones directas impuestas por la fiscalidad en Andorra se encuentran:
Entre las obligaciones indirectas impuestas por la fiscalidad en Andorra podemos encontrar:
Además, otro de los impuestos en Andorra es el IRNR. Este se trata del impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales. El cual es aplicado a trabajadores fronterizos. Estas personas tienen su residencia en países cercanos como Francia o España. Pero poseen un centro de interés económico o laboral en el Principado. El valor de este mismo tiene una tasa de 10%.
Finalmente, entre las obligaciones tributarias exigidas por la fiscalidad en Andorra tenemos las parroquiales:
La fiscalidad en Andorra tiene diferentes tipos de obligaciones tributarias. En el caso del negocio inmobiliario existe el impuesto de transmisiones patrimoniales. El cual se fija entre el 4% y el 4,5%. Este porcentaje es repartido entre gobierno y parroquia.
La otra obligación impuesta por la fiscalidad en Andorra es de las plusvalías en inmuebles. Estas varían entre el 15% y el 0%. El valor de este porcentaje se reduce según condiciones regidas por el tiempo que se mantuvo la vivienda. Es un impuesto que se encuentra vigente desde el 2006 por la fiscalidad en Andorra. El cual es aplicado a ventas de inmuebles cuya adquisición es menor a 10 años.
Esta es una forma que ha optado el Principado para disminuir o evitar la especulación inmobiliaria. La obligación impuesta por la fiscalidad en Andorra ha logrado mantener controlada la inflación con respecto al valor de inmuebles.
La forma en que se aplica este tipo de impuestos en Andorra es la siguiente:
Esta plusvalía es calculada con la ayuda de un coeficiente corrector. El cual está determinado por el Principado. Pasados los 10 años, este impuesto deja de ser aplicable.
Si comparamos a Andorra con Francia y España podemos observar las ventajas fiscales que supone residir en Andorra frente a vivir en cualquiera de los países mencionados. Además, ofrece unos impuestos mucho más bajos que la media de la Unión Europea.
ANDORRA | ESPAÑA | FRANCIA | EUROPA | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
IVA | General | 4.50% | General | 21% | General | 20% | 21.50% | |
Especial | 2.50% | Reducido | 10% | Reducido | 10% | |||
Reducido | 1% | superreducción | 4% | superreducción | 5.5% | |||
IRPF | Hasta 24.000€ | 0% | Hasta 12.450€ | 19% | Hasta 10.225€ | 0% | 38.60% | |
De 12.450€ a 20.199€ | 24% | De 10.226€ a 26.070€ | 11% | |||||
De 24.000€ a 40.000€ | 5% | De 20.200€ a 35.199€ | 30% | Entre 26.071€ a 74.545€ | 30% | |||
De 35.200€ a 59.999€ | 37% | De 74.546€ a 160.336€ | 41% | |||||
A partir de 40.000€ | 10% | De 60.000€ a 299.999€ | 45% | De 160.336€ a 250.000€ | 45% | |||
A partir de 300.000€ | 47% | De 250.000€ a 500.000€ | 48% | |||||
Más de 500.000€ | 49% | |||||||
Impuesto corporativo | 10% | 25% | 25% | 21.7% | ||||
Contribución social | 22% | 28.3% | 40-50% | 21.9% | ||||
Salario mínimo | 1,376.27€ | 1,050.00€ | 1,539.40€ | 1,108€ |
La tributación en Andorra también ofrece una serie de beneficios en forma de exenciones tanto a los empresarios como a las empresas:
Esto convierte al Principado en una opción muy atractiva para crear o trasladar allí todo tipo de negocios, ya sea en forma de empresa o como freelancer, incluyendo holdings, empresas de e-commerce, o una inversión inmobiliaria.
En Andorra llamado IGI está en el 4,5% el general. Aquel que afecta a cultura, sanidad, alquileres, educación y alimentos se reduce al 3,5%.
Su máximo aplicado es del 10%, pero según el tipo de actividad económica se dedique la empresa puede reducirse hasta el 2%.
Este impuesto no se aplica aquellos que tienen una renta inferior a los 24.000€ anuales. A partir de ese monto se aplica un porcentaje dependiendo de la renta, nunca llegando a ser más del 10%.
Deben tributar sus obligaciones todos aquellos considerados residentes fiscales en el país. De acuerdo con su nivel de ingresos anuales, puede que estén exentos en algunos porcentajes. Mientras que las sociedades o empresas que allí residen cancelan un 10% de las ganancias. Valor que llega a reducirse de los impuestos en Andorra si se cumplen ciertas condiciones.
03-07-2024
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