19-09-2019
La gran mayoría de las economías desarrolladas sostienen un sistema de bienestar y servicios públicos sociales a través del cobro de los impuestos a sus habitantes. Los residentes de Andorra y España gozan de variados programas sociales que son financiados por los contribuyentes por medio de diversos impuestos.
En España, el sistema tributario paga por salud y educación para aquellas personas de bajos ingresos, el seguro para personas desempleadas, el sistema de pensiones de jubilados, la seguridad ciudadana y, en fin, todos los servicios públicos. Por ende, el pago del impuesto es obligatorio para todos, incluyendo empresas y ciudadanos.
El cobro de los impuestos a las empresas y a los habitantes adquiere relevancia en el ámbito de las políticas de disminución del déficit presupuestal. En la actualidad, se calcula que España se encuentra en el puesto número cuatro de países de la Unión Europea con los impuestos más altos, solo por debajo de Bélgica, Suecia y Dinamarca.
Por otro lado, los impuestos en Andorra son más bajos que España y su sistema de servicios sociales se encuentra entre uno de los mejores.
Si hablamos del Impuesto Sobre la Renta a las Personas Físicas (IRPF), Andorra no le aplica esto los sueldos menores de 24.000€ anuales. Partiendo de esta cantidad va en concordancia a la renta, no sobrepasando el 10%, y que se aplica a los salarios de 40.000€ en adelante. En comparación con España, el IRPF llega a los 52%.
Si nos vamos al impuesto de sociedades, Andorra posee uno de los más bajos de toda Europa con su máximo de un 10%. En España el Impuesto a las Sociedades esta por el 30%, bastante por encima del promedio en Europa.
Ahora, el Impuesto de Valor Añadido (IVA) en Andorra, o como es llamado en el Principado IGI, es solo de un 4,5% el IVA general; y en educación, alquileres, alimentos, sanidad y cultural se sujeta al 3,5%. Por otro lado, el Impuesto al Valor añadido en España se calcula en el 21%, siendo muy superior al de Andorra.
El sistema tributario de España aplica unos principios universales para el cobro de los impuestos: todos los habitantes son iguales al momento de pagar tributos; la suma del cobro del impuesto del individuo depende de la capacidad económica del mismo; mientras más ingresos y vienes posea una personas, mayo será su contribución fiscal; solo el Estado puede establecer los tributos mediante a ley; la contribución no puede ser mayor al patrimonio o renta.
Categorías : Impuestos
Tags : Andorra, España, IGI, Impuesto Sociedades, IRPF, IVA, Patrimonio, Renta, Tasas, Tributación
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