17-09-2019
En este artículo exponemos todo lo que se debe saber sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en Andorra este año 2019.
Este 1 de Abril se dio comienzo al período para mostrar la declaración de IRPF del 2018, el cual se rodará hasta el 30 de septiembre del 2019. Esta se considera una tarea nueva en Andorra, ya que es el cuarto ejercicio que se lleva a cabo acá.
Este es el motivo por el cual se ha creado este artículo, ya que queremos ayudar aclarar dudas y algunos conceptos respecto al IRPF.
El IRPF es el impuesto sobre la renta de personas físicas que se consideran por residentes fiscales en Andorra. A través de este se especifica cada renta relacionada al impuesto independientemente del lugar donde se hayan generado y el estado en el cual esté establecido la persona que paga.
Un obligado tributario es aquella persona física que cumple con alguna de las siguientes condiciones:
Los trabajadores fronterizos no son considerados residentes fiscales, ya que diariamente se transportan desde España o Francia hasta Andorra y fueron contratados por empresas fiscales de Andorra.
Aquello obtenido por los fronterizos se sujetará al IRPF, así como pueden pedir aplicar al régimen especial de este impuesto.
Se les permite hacer declaración del IRPF:
Los obligados tributarios deben declarar de acuerdo a su cuantía y sus condiciones personales y familiares.
Se deberá presentar esta declaración entre el 1 de abril y el 30 de septiembre del ejercicio próximo al que es objeto de declaración.
Las personas físicas que solo adquieran rentas de trabajo, del capital mobiliario que se hayan retenido o rentas exentas no están obligados a presentar la declaración.
Esta debe ser individual y la persona se comprometerá a presentar una declaración que esté dentro de los plazos determinados anteriormente. Este, principalmente deberá calcular las rentas procedentes de la Base General, como lo es la actividad económica y el trabajo; y también deberá calcular la base de ahorro, lo que comprende el capital mobiliario, las pérdidas de capital y las ganancias.
Ya deducidos los mínimos exentos de las bases tributarias, se procederá a aplicar a cada base el tipo impositivo. La tributación para el IRPF es del 10%. Sin embargo, para las rentas de entre 24000 y 40000 euros esta será del 5%
Se podrán aplicar distintas deducciones de acuerdo a la cuota resultante.
La cuota de liquidación reducida por la cancelación de los anticipos hechos durante el año dará el impuesto a pagar según cada caso, el cual se denomina cuota diferencial.
Se necesitan los documentos pertinentes. De esta forma, se necesita la información respecto a los ingresos mundiales obtenidos, como:
Categorías : Impuestos
Tags : 2019, Andorra, Ingresos, IRPF, Renta, Residencia, Tributación
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